Quién va a hipotecar un bien inmueble deberá aportar los siguientes documentos: - Copia auténtica de la escritura pública por la cual es dueño del bien inmueble que va a hipotecar. - Certificado de tradición y libertad al día (este documento refleja la situación jurídica del bien inmueble, que gravámenes soporta, si existe algún embargo vigente, etc.) - Carta de la entidad crediticia en la que se expresa el valor del crédito que se está concediendo, igual se procede si quién presta el dinero es una persona natural. - Pago del impuesto predial (si trae fotocopia debe ser autenticada). - Paz y salvo expedido por el IDU (referente a impuesto de valorización). - Fotocopias de las cédulas de ciudadanía del acreedor y del deudor hipotecario si son personas naturales; si se trata de un acreedor hipotecario que sea entidad bancaria o persona jurídica el correspondiente certificado de existencia y representación. Cuando se trata de un crédito con una entidad bancaria, ésta se encarga de remitir con el usuario la minuta correspondiente. notariaprimeradesoacha@hotmail.com @f
PARA MINUTAS : notaria1desoacha@hotmail.com
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